Introducción de contenidos curriculares de ciudadanía, valores éticos y cívicos para la lucha contra la corrupción | Ley Nº 31337

Ley 31337 Intorucción de contenidos curriculares

LEY Nº 31337

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA INTRODUCCIÓN DE CONTENIDOS CURRICULARES DE ESTUDIO DE LA CIUDADANÍA Y DE LOS VALORES ÉTICOS Y CÍVICOS PARA LA LUCHA FRONTAL CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL PERÚ E HISTORIA DEL PERÚ

Artículo único. Declaración de interés nacional

Declárase de interés nacional la introducción de contenidos curriculares de estudio de la ciudadanía y de los valores éticos y cívicos para la lucha frontal contra la corrupción en el Perú e historia del Perú.

DISPOSICIÓN

COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Implementación

El Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, establecerá los procedimientos para la implementación de los referidos contenidos curriculares dentro del Currículo Nacional Escolar 2021 en el nivel secundario de las instituciones educativas del país.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil veintiuno.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del Congreso

de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

GUIDO BELLIDO UGARTE

Presidente del Consejo de Ministros

1980772-1

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