Disposiciones para el Trabajo remoto de los profesores – Nuevos plazos de entrega de reportes (RVM. Nº 098-2020-MINEDU)


disposiciones para el trabajo remoto de los profesores

El Ministerio de Educación acaba de publicar la Resolución ViceMinisterial Nº 098-MINEDU, Norma denomainado «Disposiciones para el trabajo remoto de los profesores que asegure el desarrollo del servicio educativo no presencial de las IIEE Públicas frente al brote del COVID-19».

En las siguientes citas de la RVM Nº 098-2020-MINEDU, vea los nuevos plazos de entrega de reporte de actividades y trabajo remoto dentro del Plan Estratégico de «Aprendo en casa»

5.5.3 El último día hábil de cada mes, y en tanto se realice
el trabajo remoto, los profesores deben presentar un informe
al director de la IE, o al que hace las veces de director en los
programas educativos, según corresponda, dando cuenta
del trabajo remoto realizado, informe que debe ser remitido
según el medio que acuerden con el Director de su IE. De
manera excepcional, la fecha de presentación del informe
correspondiente al mes de mayo
es hasta el 03 de junio de
2020, salvo para aquellos que ya lo hicieron previamente,
según las disposiciones dadas por la DRE o UGEL, en cuyo
caso el informe se debe dar por presentado.

5.5.7 Para efectos del sustento de las remuneraciones
pagadas en los meses de marzo y abril de 2020, en el caso de
aquellos profesores que han presentado de manera formal
el informe o reporte del trabajo realizado en estos meses,
siguiendo lo dispuesto por la DRE o UGEL de su jurisdicción,
se debe dar por presentados. De lo contrario, los profesores
deben entregar un (01) informe sobre el balance del periodo
de trabajo efectuado, que contenga una evaluación de las
dificultades y logros
que han tenido durante este periodo,
informe que debe ser presentado por el profesor a más tardar
el 12 de junio de 2020, según el medio que acuerde con el
Director de su IE, quien consolida esta información y la utiliza
como insumo para llenar los formatos establecidos en los
Anexos 3 y 4 de la Norma Técnica aprobada por Resolución
de Secretaria General No 326-2017-MINEDU, los cuales
serán remitidos a la UGEL hasta el día 19 del mes de junio
de 2020, el cual no condiciona el pago de remuneraciones
correspondientes al mes de junio de 2020. El informe a
presentar se elaborará de acuerdo a las orientaciones que
para tal efecto emita el Minedu a través de Oficio Múltiple.

R.V.M. Nº 098-MINEDU- MINEDU

Nuevos plazos de entrega de informes de trabajo remoto de aprendo en casa.

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