Vea a continuación las preguntas y respuestas más comunes sobre el proceso de traslado y matrícula excepcional 2020.
A. ¿Qué implica presentar una solicitud en la plataforma? Implica que se está haciendo un pedido al Ministerio de Educación para solicitar una vacante en una institución educativa pública de educación básica regular o especial.
B. ¿Cuáles son los criterios para asignar una vacante? El Minedu toma en cuenta la dirección de domicilio declarado en la plataforma para asignar la institución educativa más cercana a ésta, considerando las vacantes disponibles.Asimismo, se mantienen los dos criterios de prioridad que son tomados en cuenta para la asignación de vacantes en una IE pública y que deberán ser señalados en la solicitud:
- En caso se tenga un(a) hermano(a) matriculado en la institución educativa pública.
- En caso la/el estudiante tenga una necesidad educativa especial asociada a discapacidad (leve o moderada para educación básica regular y severa para educación básica especial).
Cabe resaltar que el orden del registro de la solicitud no es un criterio a tomar en cuenta para asignar una institución educativa al estudiante, así el registro se haga en el primer o último día.
C. ¿En esta plataforma voy a poder elegir la institución educativa donde estudiará mi hija/o? La plataforma para la matrícula escolar excepcional 2020 permite registrar las solicitudes de matrícula de los menores que requieran estudiar en una institución educativa pública. Luego, el Minedu tomará en cuenta la dirección del domicilio declarado en la solicitud registrada para asignar al estudiante la institución educativa más cercana a éste de acuerdo a las vacantes disponibles. La institución educativa pública en la cual se asigne la vacante no podrá ser seleccionada por el/la apoderado(a).
D. ¿Quién puede registrar un postulante en la plataforma? Los representantes legales son los únicos que pueden hacer el registro y pueden ser los siguientes:
- Su padre y/o madre
- Su abuelo y/o abuela
- Su hermano/a con dieciocho (18) años cumplidos
- Su tío y/o tía
- Otros parientes
- Persona que asume su acogimiento familiar
- Máxima autoridad del Centro de acogida residencial en el que se encuentre
- Persona con poder general o específico otorgado por cualquiera de las personas antes señaladas
E. ¿Qué tipos de solicitudes se pueden registrar en la plataforma? Se pueden registrar dos tipos de solicitudes:
- a) primer ingreso, es decir para inicial o primaria o para personas que nunca han estudiado en el sistema educativo peruano, y
- b) traslado de una institución educativa pública a otra, o traslado de una institución educativa privada a una pública.En caso sea un pedido por primer ingreso, implica que se registrarán los datos del menor por primera vez en el sistema educativo peruano.En caso sea un pedido de traslado, implica que la matrícula que se hizo originalmente en una institución educativa privada o pública pasará a una nueva institución educativa pública.
F. ¿Qué documentación será necesaria para poder proceder con la solicitud de vacante? No es necesario presentar ningún documento. Es decir, las familias no necesitan acercarse a la institución educativa pública donde quieran matricular a su hija/o. Asimismo, se recomienda tener a la mano el DNI del estudiante si es ciudadano(a) peruano(a) para poder ingresar la información correspondiente en el formulario de registro.En caso de traslado, se recomienda registrar la solicitud a través del código del estudiante (código identificador único con el que cuenta todo(a) estudiante en el sistema educativo peruano). Este código podrá ser brindado por el especialista del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE) de la UGEL o el directivo de la institución educativa (pública o privada) de origen, de esta manera la validación será automática.De no contar con este código, podrá registrar la solicitud usando otro tipo de documento, y luego se contrastará la información con lo registrado en el SIAGIE. Luego del procesamiento de las solicitudes, se reportará el resultado de esta verificación. En caso no fuera posible identificar los datos del menor en el SIAGIE, se tratará la solicitud como si fuese un primer ingreso.Cabe resaltar que cuando se retome el servicio presencial, la directora o director de la institución educativa que se haya asignado al estudiante tiene la facultad de solicitar documentación, en caso lo requiera.
G. ¿Debo pagar algo por la matrícula? No, ya que la matrícula es gratuita en todas las instituciones educativas públicas a nivel nacional y no puede ser condicionada bajo ningún concepto.
H. ¿Registrar mi solicitud en la plataforma me asegura una vacante en una institución educativa pública de EBR o EBE? Sí. Todas y todos aquellos que registren su solicitud de matrícula en la plataforma www.matricula2020.pe obtendrán una vacante. Esta podrá ser aceptada o rechazada por el representante legal del postulante dentro de las 24 horas de recibida la notificación de la asignación. En caso no haya comunicación alguna por parte de la familia, la vacante será tomada como aceptada.
I. Si luego de la solicitud mi hijo(a) obtiene una vacante en una institución educativa pública, ¿qué sucede con la matrícula que tiene actualmente? Cuando se decida el traslado del estudiante y se acepte la vacante ofrecida, la matrícula en la institución educativa de origen se trasladará a la institución educativa pública.
De | MINEDU